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CONFIRMACIÓN

“Cuando los apóstoles que estaban en Jerusalén oyeron que Samaria había recibido la palabra de Dios, les enviaron a Pedro y a Juan, quienes descendieron y oraron por ellos para que recibieran el Espíritu Santo. Porque todavía no había descendido sobre ninguno de ellos, sino que sólo habían sido bautizados en el nombre del Señor Jesús. Entonces les imponían las manos, y recibían el Espíritu Santo.

Hechos 8:14-17

La confirmación es el sacramento mediante el cual Dios completa las gracias del bautismo de una persona y profundiza su sello en ella, marcándola como perteneciente a Él (2 Corintios 1:22, Efesios 1:13-14). Cuando se recibe dentro de una vida de fe, la efusión del Espíritu Santo a través de la confirmación nos capacita para vivir la vida cristiana, algo que simplemente no podríamos hacer de otra manera. Por lo tanto, no es una “elección adulta de una persona ser católica”, sino que es Dios quien nos elige, y luego podemos elegirlo a Él día a día.

Orden restaurada

Desde el año 2020, la Arquidiócesis de Denver celebra el Sacramento de la Confirmación y la Primera Eucaristía (Primera Comunión) para los estudiantes de tercer grado.

Preparando a los niños para el sacramento de la Confirmación

  • El niño debe estar bautizado. Se debe conservar una copia del certificado en la oficina parroquial.

  • Asistir al Programa de Educación Religiosa.

    • Para registrarse, haga clic aquí .

    • Para obtener instrucciones sobre cómo registrarse, haga clic aquí.

  • Se requiere que cada niño complete los materiales de Confirmación con sus padres.

  • Se espera que los niños y sus padres asistan a misa.

  • El niño se entrevista con el pastor o su representante para comprobar que tiene una comprensión del Sacramento de la Confirmación.

Para contactar a un sacerdote, llame o envíe un correo electrónico a:
970-824-5330
smhfsi@qwestoffice.net

Image by Zoltan Tasi

Preguntas frecuentes

Más información

  • La Confirmación requiere dos años de preparación en el segundo y tercer grado. La Primera Reconciliación se realiza en el segundo grado. La Confirmación y la Primera Comunión se reciben juntas en el tercer grado.

  • La Confirmación es un don de la gracia de Dios que aumenta la presencia del Espíritu Santo en nuestra vida. Algunos han sostenido erróneamente que la Confirmación significa elegir convertirse en un adulto en la Iglesia. En realidad, la Confirmación completa las gracias otorgadas en el Bautismo y puede administrarse en cualquier momento (si existe riesgo de muerte), aunque en los Estados Unidos la edad mínima es entre los siete y los dieciséis años.

  • El Arzobispo ha establecido una serie de objetivos para la preparación para la Confirmación y la Primera Comunión:

  • La Arquidiócesis de Denver ha proporcionado un plan de estudios para segundo y tercer grado en www.saintsdenver.com .

  • Si un padre tiene una causa justa para solicitar la Confirmación y la Primera Comunión a una edad diferente, debe hablar con el párroco. Si la edad es menor del tercer grado, el párroco deberá enviar una carta a la oficina del Arzobispo.

  • Los padres deben hablar con el pastor y/o líderes catequéticos de la parroquia para coordinar la preparación.

  • Los adultos y los niños mayores de siete años se preparan para el bautismo y la confirmación juntos a través de los Ritos de Iniciación.

  • El Código de Derecho Canónico establece los requisitos que deben cumplir los padrinos. En cuanto a los padrinos de la Confirmación, dice:

    • 892 En la medida de lo posible, ha de haber un padrino para el confirmado, el cual ha de cuidar de que el confirmado se comporte como verdadero testigo de Cristo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes a este sacramento.

    • Canon 893 § 1. Para ejercer la función de padrino se deben cumplir las condiciones de que trata el canon 874 (véase infra).

    • 2. Es conveniente elegir como padrino a quien en el bautismo ejerció la misma función.

    Los siguientes requisitos se aplican tanto a los padrinos de Bautismo como a los de Confirmación:

    • Canon 874 § 1. Para que se le conceda ejercer la función de padrino se requiere:

    • 1/ ser designado por el que ha de ser bautizado, por los padres o por quien hace sus veces, o en su defecto por el párroco o ministro y tener aptitud e intención de cumplir esta función;

    • 2/ haber cumplido dieciséis años de edad, a no ser que el Obispo diocesano haya establecido otra edad o el párroco o ministro haya concedido excepción por justa causa;

    • 3/ ser católico, confirmado y que haya recibido ya el santísimo sacramento de la Eucaristía, y lleve una vida de fe acorde con la función que ha de asumir;

    • 4/ no estar obligado por ninguna pena canónica legítimamente impuesta o declarada;

    • 5/ no ser el padre o la madre del que ha de ser bautizado.

    • 2. El bautizado que pertenece a una comunidad eclesial no católica no puede participar sino acompañado de un padrino católico y sólo como testigo del bautismo.

    Si un padrino no puede asistir a la Confirmación, ¿se permite utilizar un apoderado? Sí.

  • La adopción de un nombre para la Confirmación es una práctica piadosa. No es obligatorio, a menos que uno no haya adoptado un nombre cristiano en el Bautismo. El nombre debe ser el de un santo y ser del mismo género que el del candidato.

  • No. Todas las parroquias deben realizar la transición a la Confirmación del Orden Restaurado antes del año 2020.

  • Parents interested in homeschooling should discuss this possibility with their parish.

Image by Josh Eckstein

“Cuando los apóstoles que estaban en Jerusalén oyeron que Samaria había recibido la palabra de Dios, les enviaron a Pedro y a Juan, quienes descendieron y oraron por ellos para que recibieran el Espíritu Santo, porque todavía no había descendido sobre ninguno de ellos, sino que simplemente habían sido bautizados en el nombre del Señor Jesucristo. Entonces les imponían las manos, y recibían el Espíritu Santo.”

Hechos 2:3-4

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